Jaime Chincha

Lo que no se dice del fallo de la Corte IDH

Lo que no se dice del fallo de la Corte IDH
Jaime Chincha
03 de julio del 2015

Chavín de Huántar, sus protagonistas y una sentencia que no distingue a héroes de villanos.

La reciente sentencia de la Corte IDH sobre el caso Chavín de Huántar ha vuelto a polarizar a derechas e izquierdas. Sus efectos inmediatos podrían encontrar un antecedente en el informe final de la CVR; es decir, en ningún caso una relativa unanimidad en que hay verdad o hay reconciliación. Lo que dice el tribunal interamericano no disipa, en modo alguno, la sombra que seguirá acompañando a los comandos que participaron en tan exitosa operación. De un lado, los defensores del Pacto de San José sostienen que el fallo recae sobre Estados y no sobre personas. Eso es una verdad a medias, a la luz de las consecuencias de esta resolución. Porque lo que ordena la Corte es determinar, mediante una investigación que deberá iniciar el Ministerio Público, si hubo o no ejecuciones extrajudiciales; es decir, si se liquidó al terrorista Eduardo Cruz Sánchez “Tito”, tal como lo dictan los tratados internacionales. Hasta ahí nomás, quienes se oponen a la sentencia, podrían encontrar algún asidero en sus argumentos ya que, en la práctica, eso significará que los comandos vuelvan a pasearse por los pasillos de la Fiscalía, dejando en ellos la percepción ciudadana de que algo malo hicieron; más allá de si se les cita en calidad de testigos o –lo que sería aún más reprensible– como investigados.

Si bien la Corte IDH no ordena reparar con dinero a los terroristas –algo que en otras sentencias de estos mismos jueces sí ha ocurrido–, deja en el aire la sensación de que no se ha fallado con total justicia y menos con conocimiento pleno de la naturaleza misma del conflicto sobre el que se ha resuelto. Y es que el asalto a la casa diplomática japonesa, liderado por las huestes emerretistas de Néstor Cerpa en diciembre de 1996, significó una nueva declaración de guerra al Estado peruano que, hasta entonces, se sumaba a los más de 1,200 muertos que el MRTA acumuló a lo largo de su historial de asesinatos y terror iniciado en 1984, unos doce años antes de la toma. Fueron cuatro meses en los que no uno, sino dos países –por no decir el mundo entero– estuvieron en vilo a consecuencia del secuestro de cientos de personas tomadas como rehenes.

¿Qué buscaban Cerpa y los otros terroristas a su mando con esta acción armada? Capturar al Estado y tomar el poder por la fuerza, proclamando públicamente su desconocimiento a las leyes peruanas e internacionales. Porque el objetivo de esta operación, de haber sido exitosa, era colocar a Néstor Cerpa como un jefe guerrillero de facto que instaure en el Perú un régimen de extrema izquierda. Solo basta recordar que un año antes de la toma, en 1995, el gobierno de entonces logró desbaratar el plan emerretista de asaltar el Congreso; una fallida operación en la que, por cierto, participó la terrorista de origen estadounidense, Lori Berenson, para quien la Corte IDH ordenó al Perú hace algunos años pagar una reparación de 30 mil dólares. Uno de esos precedentes que, ciertamente, pone en entredicho los fallos que regularmente emite la Corte de San José y que, a decir verdad, los gobiernos democráticos de Paniagua y Toledo se negaron a enfrentar por cálculos políticos, pues para hacerlo habrían tenido que convalidar ciertas acciones antisubversivas del régimen fujimorista.

En estos días, el coronel en retiro Hugo Robles –un excomando Chavín de Huántar– recordó que las denuncias por supuestas ejecuciones al margen de la ley, en esta operación, fueron presentadas por Aprodeh en el año 2001 para buscar procesar a Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos por delitos de lesa humanidad. De hecho, los procesos en los que los chavines se ven envueltos hasta hoy, comienzan en esos años y con tales propósitos. Por tanto, hechas las sumas y las restas, ¿nos reconcilia una sentencia como esta, más aún cuando Fujimori y Montesinos están bien presos? Y si ellos fueron inicialmente el objetivo de Aprodeh, ¿necesitamos acatar un fallo que obliga indirectamente procesar o hacer testificar a quienes fueron los verdaderos héroes de una operación que nos devolvió la paz que el MRTA –incluido el terrorista Tito– quiso arrebatarnos? ¿Es justo que Aprodeh, una ONG de filiación izquierdista, que ante la Corte y con este caso se presenta como defensora legal de terroristas –y que hace algunos años declaró que el MRTA ya no era una organización terrorista–, tenga que recibir un pago por trámites burocráticos en la CIDH, que sirvieron justamente para acusar al Estado peruano de supuestos asesinatos ilegales? ¿Tenemos que aceptar una sentencia que, al igual que el informe final de la CVR, coloca como iguales a los militares y a los terroristas?

¿De qué mierda estamos hablando?

 

Por Jaime Chincha Ravines

03 – Jul – 2015

Jaime Chincha
03 de julio del 2015

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