Hugo Neira
La Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776)
Su idea fuerte es que el rey era quien había roto el contrato social original
Hacia mayo de ese año, los delegados reunidos en Williamsburg, y mientras esperaban instrucciones de sus propios Estados, confiaron a un comité de cinco la preparación de un documento. Los miembros del comité y delegados eran John Adams (por Massachusetts), Benjamín Franklin (Pennsylvania), Robert R. Livingston (Nueva York), Roger Sherman (Connecticut). En cuanto a Jefferson, representaba a Virginia. El borrador, después de algunas modificaciones, fue casi por entero redactado por Jefferson. La exposición al pleno, al parecer, fue muy solemne, y más de un cuadro de pintura así lo recoge. Se ve a los del comité de pie ante un congreso de notables, todos vestidos con pelucas y trajes según la etiqueta impuesta en la moda por los ilustrados franceses. Todo eso en una ciudad de Virginia.
El detalle indumentario no carece de significación, al contrario. Había que convencer a sus aliados europeos que esa no era una declaración “de derecho de ingleses”, sino de convincentes razones. Era una declaración en todo el sentido de la palabra, entre manifiesto y exposición de intenciones, dirigida tanto a la naciente clase política del país como al contexto geopolítico de las naciones europeas. Mensaje a los delegados timoratos que dudaban todavía en una ruptura por completo con Inglaterra, aunque ya estaban en guerra. Mensaje a las potencias “amigas”: no iban a ser colonias de nadie. Entre los tácitos destinatarios también estaban los mismos ingleses, en particular, los Old Whigs; tuvieron una fuerte influencia en la fase revolucionaria de la independencia. Era un misil que partía en varias direcciones.
De ahí, el tono explicativo de esa declaración. “Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro”. El tono solemne estaba destinado a asegurar a unos y otros que no se trataba de una crisis pasajera entre ingleses de cada lado del Atlántico sino de una ruptura: “disolver los vínculos políticos” no es lo mismo que remediar una crisis. Pero el texto prosigue acudiendo a principios universales: “Y en nombre del derecho natural, el más universal de los derechos, tomar entre las naciones de la Tierra el puesto separado e igual al que las leyes de la naturaleza y del Dios de esa naturaleza le dan derecho”. Lo de “separado e igual” era el preaviso, seremos una nación potente. Lo del derecho natural es un golpe de sombrero al tribunal del mundo.
Hannah Arendt dirá más tarde que el borrador de la Declaración de Independencia por esa razonada explicación de unos derechos válidos para todo ser humano alcanza su propia grandeza. Será, pues, algo más que una declaración de británicos separatistas o de revolucionarios localistas sino una declaración de un valor ecuménico, no limitado a un solo país, a una sola nación, a una sola revolución. La siguiente parte del documento: “Sostenemos que estas verdades son evidentes por sí mismas, que todos los hombres han sido creados iguales, que fueron dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables como el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad. Que para dar cumplimiento a esos derechos, los hombres han instituido gobiernos, los cuales derivan sus justos poderes del consentimiento de los gobernados”.
Líneas adelante se defiende el derecho a la insurrección, aunque de modo sibilino, “siempre que una forma cualquiera de gobierno llega a ser prejudicial, el pueblo tiene derecho a cambiarlo o a abolirlo”. Los constitucionalistas opinan hoy que Jefferson adoptaba el tema del “consentimiento” a la situación de las colonias, y en efecto, la Declaración no tiene empacho en describir las políticas recientes de Jorge III, exhibidas como “injurias”. “Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias; y tal es ahora la necesidad que las compele a alterar su antiguo sistema. La historia del presente rey de Gran Bretaña, es una historia de repetidas injurias y usurpaciones, cuyo objeto principal es y ha sido el establecimiento de una absoluta tiranía sobre estos Estados. Para probar esto, sometemos los hechos al juicio de un mundo imparcial”. Y sigue una descripción minuciosa de esos agravios.
La idea fuerte es que el rey era quien había roto el contrato social original, el pacto colonial para decirlo de otra manera. Y no los colonos. Jefferson mismo ya había anticipado su opinión en 1774, en su primera obra, Una visión resumida de los Derechos de la América británica. El Parlamento inglés no tenía potestad sobre ellos. Las medidas no eran solamente injustas, eran ilegítimas. Jefferson desarrolló esa idea radical en el borrador, los legisladores británicos no tenían autoridad para legislar las colonias. Y por último, los colonos tenían derecho a gobernarse a sí mismos, que es lo que habían estado haciendo desde que bajaron de las naves una hermosa mañana de abril de 1607.
Tomado de ¿Qué es República? Fondo Editorial USMP, Lima, 2012, pp. 215-217.















