Editorial Política

Congreso rectifica error sobre minería artesanal

Pequeños mineros ahora podrán comprar producción de otros

Congreso rectifica error sobre minería artesanal
  • 22 de mayo del 2017

Pequeños mineros ahora podrán comprar producción de otros

En el Congreso de la República se acaba de derogar la Sexta Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 1336, que prohibía a los pequeños mineros comprar mineral de terceros y que, en la práctica, proscribía la actividad de los mineros artesanales. Vale anotar que la mencionada disposición transitoria establecía que “el titular de la concesión de beneficio, así como aquel que cuente con autorización de inicio de actividad de beneficio, no puede ser acreditado como pequeño productor minero o productor minero artesanal, según corresponda, en tanto adquiera minerales de terceras personas para su procesamiento”.

En un país en el que existen dos sociedades, dos países, uno formal y otro informal, aparentemente la disposición señalada era inofensiva. Sin embargo, para que exista minería artesanal los pequeños productores tienen que venderle su producción a pequeñas plantas que procesan el mineral. Y, por otro lado, las más de cien plantas de beneficio formales e informales que existen en el Perú solo pueden operar —debido a su tamaño— comprando a terceros. En otras palabras, son demasiado pequeñas para desarrollar sus propios yacimientos, como sí lo hacen las grandes compañías.

Para seguir esclareciendo el tema vale señalar que todas las pequeñas plantas de beneficio que existen en el Perú sumadas procesan alrededor de 2,500 toneladas métricas diarias (TMD) para extraer oro, mientras que una sola gran compañía minera procesa más de 540,000 TMD. La diferencia entonces es incuestionable.

 

El hecho de que la Sexta Disposición del Decreto Legislativo 1336 haya sido, precisamente, una disposición transitoria y no una parte de los principales artículos de la mencionada norma, revela la manera como se hace pasar normatividad en el Estado para excluir a algunos y, seguramente, para favorecer a otros. Es la recurrente práctica de los mercantilismos en el Perú. Algunos consideran que la economía de mercado y los derechos empresariales en el Perú pueden prosperar excluyendo a sectores importantes de la economía.

En el Perú existen más de 400,000 mineros artesanales que, generalmente, son los campesinos dueños de la superficie adyacente a los grandes proyectos mineros que el Estado ha entregado en concesión para posibilitar las necesarias y urgentes inversiones mineras que necesita el país. Sin embargo el fracaso del Estado en redistribuir la riqueza minera a través de carreteras, escuelas, postas médicas y otros servicios en los pueblos cercanos a la mina, genera impaciencia y descontento social. En medio de este escenario aparece el radical antiminero que demoniza a la empresa privada con el objeto de detener la producción de cobre del Perú.

Ante esta situación diversos sectores campesinos enfrentan una disyuntiva: o se pliegan a la prédica antiminera o desarrollan su propio emprendimiento minero artesanal.

Pretender excluir al minero artesanal de la economía de mercado, entonces, es empujar a una poderosa fuerza social proempresarial y promercado —y que aumenta cada día— bajo las influencias de la prédica antiminera de los proyectos de izquierda.

Quizá habría que empezar a entender que no hay libertad económica con exclusión y sin igualdad de derechos, y que tampoco la gran minería puede avanzar si es que no hay una dialéctica entre gran y pequeña minería, tal como sucede, por ejemplo, en Chile y Australia.

Es peligroso entonces jugar a la exclusión en la economía de mercado. De allí que sea necesario felicitar al Congreso por esta acertada derogatoria. Y ojalá se eliminen todas las normas que excluyen de la legalidad al minero artesanal.

  • 22 de mayo del 2017

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