Editorial Educación

Licenciamiento universitario sin TUPA

Se viola principio de legalidad en procedimientos

Licenciamiento universitario sin TUPA
  • 16 de agosto del 2018

 

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), organismo dependiente del Ministerio de Educación (Minedu), durante los últimos tres años ha desarrollado un proceso de licenciamiento de universidades que ha permitido que 45 claustros —de un total de 143— logren su licenciamiento. El plazo para culminar este proceso, al parecer, vencerá indefectiblemente en mayo de 2019.

Si las cosas son así, es evidente que en el camino se tendrán que clausurar algunas universidades que no lograron licenciarse. Y seguramente el proceso contará con el respaldo de la ciudadanía. Sin embargo, existe un grave problema que puede terminar cuestionando el proceso de licenciamiento de la Sunedu: el licenciamiento se ha desarrollado sin el respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Vale recordar al respecto que en el Instituto Peruano de Derecho Educativo (IPDE), se ha denunciado que la falta del TUPA viola el principio de legalidad establecido en el artículo 4 (numeral 1.1) y el artículo 38 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

¿Qué podría suceder si algunas universidades son clausuradas sin el TUPA correspondiente? Evidentemente recurrirán al Poder Judicial y quedará en evidencia que la SUNEDU ha violado el principio de legalidad. En este contexto podríamos asistir al espectáculo en que el Poder Judicial ordene reabrir algunas universidades. Como todos sabemos, de acuerdo a la Carta Política y las leyes en derecho administrativo el principio de legalidad establece que nadie puede exigir a los administrados procedimientos, requisitos ni pagos que no hayan sido establecidos previamente en el TUPA.

A entender de este portal la falta de voluntad de la Sunedu para sistematizar el TUPA tiene que ver con los rezagos del estatismo de la llamada “reforma Saavedra”. Según esta concepción es el Estado y no los consumidores (padre de familia y alumnos) el principal protagonista de la reforma de la universidad. Bajo esta concepción estatista, el burócrata debe ser empoderado con una amplia discrecionalidad. La ausencia del TUPA en los procesos de licenciamiento en las universidades, pues, tiene que ver con la decisión de convertir a la burocracia del Sunedu en dioses de la reforma universitaria. Algo así no durará demasiado.

De otro lado, en este portal hemos sostenido que los mejores sistemas universitarios del planeta —los de Estados Unidos y Europa— siempre se han caracterizado porque la acreditación de las carreras y universidades es considerada la viga maestra de la calidad (y no el licenciamiento). ¿Qué significa semejante criterio? Que las universidades del primer mundo consiguen el licenciamiento del Estado por una sola vez. A partir de allí los claustros ingresan a un proceso de acreditación permanente; es decir, que nunca termina. En otras palabras, la acreditación es lo permanente, lo que explica la calidad, y este proceso se desarrolla por acreditadoras independientes del Estado. Por ejemplo, el sistema de acreditación de las universidades de Estados Unidos tiene más de 100 años.

En el Perú, por el contrario, lo permanente es el licenciamiento estatal: el Estado y el burócrata convertidos en los factores determinantes de lo académico, las ciencias y la cultura. A lo mejor debido a esta concepción, que subyace a toda la llamada reforma universitaria la Sunedu, se resista a elaborar el respectivo TUPA para desarrollar los licenciamientos.

 

  • 16 de agosto del 2018

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