Editorial Economía

La fácil obsesión por recaudar

SUNAT fomenta informalidad minera

La fácil obsesión por recaudar
  • 08 de junio del 2018

 

Es evidente que una de las causas de la renuncia del ex ministro de Economía, David Tuesta, fue su obsesión por recaudar frente a la necesidad de cerrar el déficit fiscal, que se agrandó durante el nacionalismo y el pepekausismo. Más allá de cualquier enjuiciamiento, es evidente que en el Ejecutivo se pretende incrementar la recaudación ajustando al sector formal de empresas y ciudadanos que tributan en la actualidad, al margen de una propuesta de reforma tributaria integral que incorpore todos los sistemas en uno solo y acabe con la división entre economía formal e informal.

Como parte de esa estrategia, el presidente Vizcarra ha señalado que grandes empresas adeudan alrededor del 1% del PBI; no obstante que las supuestas obligaciones se disputan en el Poder Judicial, el Tribunal Fiscal y otras entidades internacionales. Y también a pesar de que las señaladas empresas son las principales contribuyentes del país; es decir, paran la olla fiscal. Una aproximación claramente anti inversión. Pero no se trata solo de las grandes compañías. El reciente Decreto Supremo 088-2018 EF establece que si una empresa no tiene el 70% de sus proveedores registrados a través de facturas electrónicas, entonces deberá esperar 30 días para la devolución del IGV. En otras palabras, lo que antes se devolvía en un día ahora demandará un mes, con el agravante de que se puede acumular otros 30 días y llegar a sumar dos meses.

¿Qué significa esta medida para las pymes y, sobre todo, para la pequeña minería? En algunos casos puede significar la quiebra. Por ejemplo, una pequeña minera puede llegar a demandar una devolución mensual de IGV de US$ 1 millón para seguir manteniendo liquidez. De lo contrario, todo se desploma. Conociendo la tramitología burocrática del Estado, los 30 días pueden sumar uno o dos meses más. En ese contexto, la facilidad y discrecionalidad de la actuación de la SUNAT significará la quiebra de algunos.

Ahora bien, si una pequeña empresa no tiene el 70% de sus proveedores con facturas electrónicas (con alto porcentaje con facturas en papel), ¿de quién es la responsabilidad? ¿De la Sunat o de la pequeña empresa? Incuestionablemente es el mundo al revés: el fracaso de la SUNAT se convierte en la tragedia del pequeño empresario minero.

Algo más. Las pequeñas empresas mineras, en su afán de recuperar la liquidez de sus negocios, han presentado cartas fianza, pero en la Sunat se ignora olímpicamente los mencionados documentos bancarios.

Pero eso no es todo. El mencionado Decreto Supremo, que establece la retención del IGV por 30 días si no se logra el porcentaje de facturas electrónicas, fomenta la discrecionalidad e irregularidades en los funcionarios y fiscalizadores (por decir lo menos). El sistema tributario, de una u otra manera, no solo significa formalidad e informalidad, déficit fiscal y necesidad urgente de aumentar recaudación tributaria, sino también irregularidades generadas por la discrecionalidad de la que goza el burócrata.

Asimismo, vale señalar que la mayoría de pequeñas empresas mineras afectadas por el extraño Decreto Supremo se dedica a la exportación de minerales en baja escala. Sobre el tema es necesario precisar que todo exportador, en cualquier parte del planeta, se atiene a un principio tributario: los impuestos no se exportan. De allí que la ley tributaria establece que se debe devolver IGV a los exportadores. De otro lado, en cuanto a los objetivos de la formalización minera, es incuestionable que uno de los objetivos de este proceso es que los mineros artesanales terminen exportando.

 

  • 08 de junio del 2018

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