Editorial Economía

Contrato social y pensiones

Contrato social y pensiones
  • 18 de enero del 2016

Los efectos perniciosos de la ley que permite retirar fondos

El contrato social en una sociedad democrática y moderna en la que los ciudadanos ceden parte de su soberanía al estado a cambio de protección y servicios no puede obviar a dos sectores fundamentales: los niños y los ancianos. Incluso, en los estados más liberales, esta verdad es incuestionable. Si el individuo queda desamparado en su vejez, ya sea por negligencia personal o por ausencia de política previsional, tarde o temprano, el estado tiene que asistir el desvalido.  Allí reside la gran diferencia entre un sistema previsional y otro de ahorro.

En los países europeos, donde el estado de bienestar llegó al paroxismo, por ejemplo, en Grecia y España, el sistema de pensiones a cargo del presupuesto estatal (sistema de reparto) fue una de las principales explicaciones de la quiebra de ese modelo: déficits fiscales y endeudamiento público imposibles de pagar. De alguna manera, Europa hoy tiene que encontrar una salida a esta especie de embudo social del siglo XXI: cada vez hay menos nacimientos mientras se incrementan las personas longevas.

Paradójicamente, la solución europea pasa por crear sistemas de pensiones basados en cuentas individuales que suman fondos administrados por entidades privadas. De esta manera el individuo acumula un fondo que se va incrementado con las inversiones que realizan las administradoras privadas de estos fondos. Ante la caída de la natalidad y el incremento de la longevidad por las revoluciones de la medicina y la tecnología, el mundo no tiene otra alternativa.

En nuestro país el Sistema Privado de Pensiones ha acumulado un fondo de S/. 130,000 millones de soles, las pensiones en promedio representan el doble que las del sistema estatal y, no obstante los errores y la evidente falta de competencia, tienen mucho que ver con la salud macroeconómica y fiscal del país, sin las cuales no se explicaría el impresionante crecimiento y reducción de pobreza en los últimos 25 años.

No obstante  los logros del Sistema Privado de Pensiones frente al desastre del sistema estatal del siglo pasado, los políticos y los congresistas, se han lanzado a tontas y locas a aprobar y proponer “reformas” que solo buscan el aplauso coyuntural. Una de ellas es el proyecto de ley que permite a las personas de 65 años retirar el 95.5% del fondo acumulado en las cuentas individuales. Esta autógrafa ha sido observada por el Ejecutivo, pero algunos congresistas, preocupados por la reelección, reúnen firmas para convocar a una Legislatura Extraordinaria y promulgar la mencionada norma.

Considerando que una persona de 65 años, gracias a la revolución de la medicina, tiene  muchos potenciales años de vida, ¿qué sucederá si luego de retirar su fondo, fracasa, y queda desamparada? Bueno, pues, no hay estado moderno y desarrollado que pueda hacerse de la  vista gorda. Tarde o temprano, el fracaso tendrá que ser asumido por el sistema estatal. Es decir, la norma que defienden los congresistas, de una u otra manera, nos acerca a los males que hoy Europa intenta superar.

La importancia de diferenciar, entonces, entre un sistema de ahorro y otro previsional es fundamental para el desarrollo. En el ahorro  si el individuo fracasa no pasa nada. En el sistema previsional si el jubilado fracasa, el contrato social indica que el estado debe hacerse cargo del desamparado. Esa es una manera de directa de resucitar el estado de bienestar que ha estallado en Europa.

 
  • 18 de enero del 2016

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