Juan Carlos Valdivia

Solo tenemos un presidente de la República

Solo tenemos un presidente de la República
Juan Carlos Valdivia
20 de septiembre del 2016

Incluso cuando está de viaje, el presidente ejerce sus funciones

El viaje del presidente de la República en visitas oficiales a la República de China y a las Naciones Unidas nos permite llamar la atención sobre las funciones que deben cumplir los vicepresidentes. Este viaje ha permitido hacerse cargo del despacho presidencial primero a la segunda vicepresidente y luego al primer vicepresidente.

El cargo de vicepresidente es una posición expectaticia. Solo tiene sentido en caso de vacancia o muerte del presidente de la República. En el caso actual, el presidente Kuczynski ha nombrado a su primer vicepresidente como ministro de Estado, dándole funciones ejecutivas. La segunda vicepresidenta, como se sabe, es congresista electa por Lima. Es decir, ambos vicepresidentes tienen obligaciones específicas además de la expectaticia.

En el gobierno anterior ambos vicepresidentes eran congresistas y fueron poco tomados en cuenta. Incluso la señora Marisol Espinoza, estando a cargo del despacho presidencial, se daba maña para presidir la Comisión de Presupuesto o asistir a votaciones en el pleno, poniendo en cuestión la separación de poderes. La señora Aráoz se abstuvo de presidir la Comisión de Economía mientras estuvo a cargo del despacho presidencial

El segundo párrafo del artículo 115 de la Constitución Política del Estado, repitiendo la fórmula que ya contenía la Constitución de 1979, establece que “Cuando el presidente de la República sale del territorio nacional, el primer vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el segundo vicepresidente”. Cuando viaja el presidente, no deja de ejercer la jefatura del Estado, pero no sucede que cuando se ausente del país oficialmente tengamos dos presidentes (uno de viaje y otro despachando en Palacio). Las atribuciones contenidas en el artículo 118° al cargo del presidente de la República las mantiene consigo mientras el presidente viaja.

¿Puede un vicepresidente presidir las sesiones del Consejo de Ministros? Es una facultad que la Constitución reserva al presidente de la República. De acuerdo al artículo 121°: “Corresponde al presidente de la República presidir el Consejo de Ministros cuando lo convoca o cuando asiste a sus sesiones”. Es claro que lo preside cuando asiste. Si no asiste, no lo preside. Si está de viaje no lo preside. El vicepresidente a cargo del despacho presidencial no puede presidir los consejos de ministros, porque no es el presidente de la República. La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo en su artículo 10° es más clara al establecer además que los vicepresidentes: “Pueden participar en las sesiones y debates del Consejo de Ministros con voz pero sin voto”. Los vicepresidentes pueden participar, pero no presidir.

Cuando la Constitución dice “hacerse cargo del despacho presidencial”, se refiere esencialmente a la parte administrativa, lo que permite que asuntos de mero trámite no se detengan ante la ausencia del jefe de Estado. Puede de manera excepcional hacerse cargo de lo protocolar, en representación del presidente de la República. ¿Puede un vicepresidente actuar como portavoz del gobierno mientras esté a cargo del despacho? Según la Constitución, art 123°, corresponde al presidente del Consejo de Ministros: “Ser, después del presidente de la República, el portavoz autorizado del gobierno”.

Durante su presente viaje, el presidente Kuczynski ha mantenido permanente comunicación con la prensa nacional, dando entrevistas casi a diario, e incluso grabando declaraciones que ha colgado en sus redes sociales oficiales en Internet. Ha declarado sobre asuntos de su viaje y sobre temas que venían sucediendo en el país; tanto así que ha podido desautorizar a su vicepresidenta en su pretensión de regular la programación de los medios de comunicación. Y el presidente del Consejo de Ministros ha tenido una permanente actuación pública a raíz de su pedido de facultades ante el Congreso.

En un mundo tan interconectado como el de hoy, la figura de un vicepresidente a cargo del despacho de asuntos administrativos parece innecesaria. Hoy con los celulares e Internet, la conexión de un presidente mientras está de viaje es permanente. Se le puede contactar tanto en el avión como en el último rincón del mundo. Un vicepresidente guiado por la vanidad puede pretender aparecer como quien ejerce la presidencia, en una ausencia de prudencia republicana y de respeto al mandato popular. Frente a estas situaciones, y ante los avances tecnológicos, el Congreso debiera pensar en reglamentar la función de los vicepresidentes. Pero basados en un principio que debe estar claramente definido: solo tenemos un presidente.

 

Juan Carlos Valdivia

 
Juan Carlos Valdivia
20 de septiembre del 2016

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