Herberth Cuba

Más barreras a inversiones en Salud

Más barreras a inversiones en Salud
Herberth Cuba
18 de julio del 2014

¿Se puede reformar sistema de Salud con trabas burocráticas y centralismo?

Las necesidades de atención médica y de salud de nuestra población son grandes. El 23% no tiene atención médica y el 60% tiene una atención insatisfactoria y no integral. Para cerrar estas brechas se necesita más médicos, más recursos humanos, más infraestructura, equipos, insumos y medicamentos. Es decir más inversión pública y privada.

En el lustro 2006-2011 se construyeron e inauguraron más de 20 hospitales nuevos, aunque algunos aún no funcionan a plenitud debido, entre otros aspectos, a la escasez de médicos y la falta de continuidad en las inversiones. El Congreso de la República ha creado comisiones investigadoras para ver estos casos y en buena hora que se investiguen, y si encuentran irregularidades o dolo que se corrijan y se sancione a los responsables, pero las inversiones no deben detenerse.

El gobierno recibió facultades legislativas del Congreso de la República y con ellas aprobó 23 Decretos Legislativos que en conjunto se llaman ahora la “Reforma de Salud”. Sin embargo se ha legislado exactamente en el sentido contrario a través del Decreto Legislativo 1157, referido a la modernización de la gestión de la inversión pública en salud.

El DL 1157 crea mecanismos e instrumentos de coordinación para la expansión y sostenimiento de la oferta pública en salud. Y con la excusa de afianzar la rectoría del Ministerio de Salud crea barreras burocráticas a los gobiernos regionales, locales y también al sector privado, en la inversión en salud. Además, retorna al nefasto centralismo en el Ministerio de Salud.

Por ejemplo: se han creado un mecanismo burocrático de concertación nacional, llamado Comisión Multisectorial de Inversión en Salud (CMIS), de carácter permanente, compuesto por los ministerios de Salud, Defensa e Interior, los gobiernos regionales, Essalud, Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y otros. De otro lado, se han creado los Comités Regionales Intergubernamentales de Inversión Regional (CRIIS) compuestos por el gobierno regional y los gobiernos locales, con la asistencia técnica del Ministerio de Salud, el MEF, Ministerio de Desarrollo e inclusión Social y Essalud. Todo ello, para que, luego de todas las concertaciones, se centralice la aprobación de las carteras de servicios de los estudios de preinversión en el Ministerio de Salud.

El 1157 señala además que los planes de inversión en servicios de salud se harán con enfoque territorial y con base en el marco macroeconómico multianual. Según la norma los servicios de salud serán por un lado de mediana y alta complejidad y por el otro de baja y mediana complejidad. En el primer caso será aprobado por el Ministerio de Salud y en el segundo deberán estar en el plan del gobierno regional, que será aprobado por el mismo gobierno regional y al final, otra vez, por el Ministerio de Salud.

Por si fuera poco se financiarán con cargo al presupuesto de los pliegos involucrados. Además, en la primera disposición complementaria y final se le otorga al Ministerio de Salud (ejecutora 0123 del pliego 011) la facultad de formular y ejecutar proyectos de inversión para todos los niveles de complejidad, tanto los que pertenecen al propio Ministerio como a los de otras entidades a nivel nacional. Esto representa un retroceso en el proceso de descentralización y transferencia de competencias a los gobiernos regionales y locales.

Los procesos de inversión pública en salud a través de la Ley de Asociaciones Público Privadas (APP) y de llamada Ley de Obras por Impuestos son distorsionados y muy complicados para los gobiernos locales y regionales. Se les recorta el rol protagónico que tenían y se impide el aporte rápido de la inversión necesaria para cerrar la brecha de necesidades en salud.

La participación del inversionista privado debe basarse en reglas de juego claras, estables y competitivas que la Reforma de Salud no ha puesto. No requiere consensos concertados, ni trámites engorrosos para unos, y expeditivos para otros. No ahuyentemos las inversiones, ni abramos el arca de la corrupción.

En conclusión, el Decreto Legislativo 1157, crea barreras burocráticas a la inversión pública y privada en salud. Le resta facultades e iniciativas a los gobiernos locales y regionales, le quita transparencia a la inversión y genera centralismo. En consecuencia debe ser derogado.

Por Herberth Cuba García

Herberth Cuba
18 de julio del 2014

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