Herberth Cuba

El proceso DDT y el Minsa

Destrabar, desburocratizar y transformar

El proceso DDT y el Minsa
Herberth Cuba
07 de abril del 2017

Destrabar, desburocratizar y transformar

El 19 de agosto del 2016, en la presentación del Consejo de Ministros al Pleno del Congreso para exponer y debatir la política general de gobierno y las principales medidas que requería su gestión a efecto de plantear la cuestión de confianza, el premier Fernando Zavala expresó: “El Ministerio de Salud (Minsa) está con una organización funcional y administrativa enorme. Lleno de comisiones sin productos, con nuevas unidades orgánicas, como el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, (IGSS) que conllevan a la contratación de más personal con duplicidad de funciones, con procesos engorrosos e ineficientes”. Fue una crítica directa a las bases de la llamada reforma de salud humalista. Además, sirvió de sustento para plantear como política general de gobierno las siglas DDT; es decir, destrabar, desburocratizar y transformar.

El DL 1161, Ley del Minsa, promulgado en diciembre del 2013 y componente del paquete de 23 decretos legislativos llamado “reforma de salud humalista”, creó la estructura básica del Minsa; por ejemplo, dos viceministerios. A cada uno de ellos debería corresponderle una burocracia propia. El IGSS fue creado el 2013, en el mismo paquete legislativo, con el DL 1167, como organismo público ejecutor autónomo, adscrito al Minsa. Tenía a su cargo las funciones prestacionales; es decir, la atención médica y de salud individual, y administraba hasta el nivel comunal a través de los establecimientos de salud del primer nivel de atención (postas y centros de salud).

La Dirección de Salud de Lima Metropolitana (Lima Sur - Lima Este), dependiente del Viceministerio de Salud Pública, tenía a su cargo las funciones de salud pública, pero no tenía burocracia que llegase hasta el nivel comunal. Esta división hecha con “criterios” ideológicos creó una controversia —entre la DISA (Dirección de Salud) Sur (con funciones metropolitanas) y el IGSS— en los establecimientos del primer nivel de atención. La relación de dependencia administrativa directa con el IGSS, que era el que designaba y pagaba los sueldos de la burocracia, hizo que las funciones de salud pública fueran consideradas menos importantes. La paradoja era que la separación a nivel central entre salud pública y prestaciones individuales debería reflejarse en la población y comunidades locales; es decir, donde funcionan las redes, micro redes, centros y puestos de salud. Esta paradoja y la incapacidad de crear nueva burocracia para la salud pública, hicieron inviable la promulgación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Minsa a lo largo de dos años y medio. Sin embargo, cuando ya el gobierno humalista fenecía, y por cumplir, se promulgó a sabiendas de que era inaplicable.

Sin embargo, no solo era la creación de nueva burocracia, con enormes sueldos y más infraestructura e inmuebles, sino también la imposibilidad técnica de separar las prestaciones individuales de salud de las de salud pública. Un paciente atendido por una enfermedad requiere además una intervención de salud pública para resolver los problemas de salud no solo individual, sino también de la colectividad donde habita. La salud es un resultado de la existencia social. Aun en los accidentes de tránsito, por ejemplo, no basta con curar al enfermo, sino intervenir en los determinantes sociales que produjeron el accidente para proteger a otros seres humanos. Las críticas al enfoque ideológico retrógrado de la reforma de salud humalista no se hicieron esperar.

La promulgación, en diciembre del 2016, de la Ley 30506, que desactivó el IGSS bajo el mecanismo de fusión por absorción fue recibida por los actores involucrados en el quehacer sanitario con beneplácito. Se dio cumplimiento a la famosa sigla DDT. La norma de desactivación, dispone que las funciones sean absorbidas por los diversos órganos que posee el Minsa y, en consecuencia, ha modificado en modo tácito el DL 1161 (Ley del Minsa). Además, La Ley 30506 no da la posibilidad de que se cree un solo órgano desconcentrado dentro del Minsa; es decir, algo similar al IGSS, pero con otro nombre y que en lugar de ser autónomo sea desconcentrado. Esto hubiese significado, mantener la misma problemática y los mismos criterios ideológicos que generaron la división entre salud pública y prestaciones individuales.

La Ley 30506 se promulgó el 15 de diciembre del 2016 y otorgó plazo hasta el 15 de marzo para que el Minsa se adecue a la nueva ley (90 días). El Minsa promulgó, un día después, la RM 974-2016/Minsa que conformó la comisión de transferencia y el cumplimiento de plazos. El 14 de marzo se cesaron a todos los funcionarios de confianza y un día después el presidente PPK cesó al jefe institucional del IGSS. Además, la adecuación de la nueva estructura organizacional del Minsa se realizó a través de la promulgación, en marzo del 2017, del nuevo ROF.

Los servidores de los hospitales, centros y puestos de salud podrán ejecutar, ahora sí, las funciones de ambos viceministerios. Sin embargo, mientras no se modifique el DL 1161 las dificultades para realizar un ROF coherente seguirán siendo grandes. Se han cumplido los procedimientos y los plazos. Sin embargo, como era de esperar, los grupos afectados y los ideologizados protestan. Paciencia. El Perú está primero.

 

Herberth Cuba García

Herberth Cuba
07 de abril del 2017

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