Gustavo Rodríguez García

El principio universal del amor

El principio universal del amor
Gustavo Rodríguez García
29 de junio del 2015

Sobre la sentencia de la Corte Suprema de EEUU que legaliza matrimonio gay.

Una decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos de hace unos días (Caso Obergefell y otros), declaró inconstitucionales las regulaciones de ciertos Estados que califican al matrimonio como “la unión entre un varón y una mujer”. Esta importante decisión debe hacernos reflexionar sobre cómo el Estado aborda, en el Perú y en el mundo, la cuestión del matrimonio.

Siempre he pensado que el matrimonio no debe ser una categoría legal, esto es, que las legislaciones únicamente deberían reconocer un estatus de unión oficial o unión civil para todas las parejas sin perjuicio del sexo de los individuos que las integran. Así, el matrimonio sería administrado únicamente por privados –ejemplo: el matrimonio católico- sujetándolo a las reglas que consideren pertinentes.

Más allá de ese planteamiento –que es puramente académico- el principio general de que todos somos iguales ante la ley no resiste una distinción como la que en ciertos Estados de los EEUU se planteaba, y como la que aún existe en nuestro país. En el caso del matrimonio, la introducción de un trato diferente es particularmente perniciosa dado que la negación al reconocimiento de una unión entre seres humanos que se aman representa la forma más tosca de lesionar el camino hacia la felicidad y el bienestar.

El amor no distingue razas, no distingue credos y no distingue tampoco orientación sexual. Los heterosexuales podemos elegir vivir una vida plena en compañía del ser amado. Y en esa decisión, elegimos también optar por el acto de amor más intenso y posiblemente gratificante que un ser humano pueda conocer: renunciar a ocuparse de la felicidad propia para decidir hacer feliz a otro. Una decisión generosa, una verdadera gracia, no puede ser negada a seres humanos que, por ser tales, tienen capacidad de amar y deseo de amar a plenitud.

Quienes se oponen a la idea de la unión entre personas del mismo sexo deben entender que ni una tradición basada en la ignorancia, ni una proscripción legal basada en el prejuicio, pueden ser consideradas argumentos válidos para impedir a dos personas elegir el camino de la vida conjunta. ¿Es el matrimonio homosexual una afrenta al matrimonio heterosexual? ¿Es que acaso compiten entre sí?

Un argumento usualmente empleado para oponerse a este tipo de uniones se refiere al bienestar de los niños. Sin embargo, ese argumento no puede ser seriamente tomado en cuenta. Existen muchos niños que necesitan amor de una pareja dispuesta a criar y cuidar, cobijar y amar. Tantos niños que hoy caminan por la calle no solo sin recursos sino, y más dramático, sin amor. ¿No estarían mejor estos niños a cargo de parejas de amorosos individuos sin perjuicio de su sexo?

Esto no tiene nada que ver con nuestra opción sexual. Tiene que ver con el derecho irrestricto a que cada uno ame y encuentre el camino a la felicidad en la forma en la que desee y de la mano de la persona que uno quiera. No soy gay, pero quizás mi hijo o hija –cuando tenga uno o una, de ser el caso- lo sea. Y como padre, nada me gustaría más que apreciar en mis hijos la dicha de encontrar amor en sus vidas, venga de donde venga.

Quiero terminar con una traducción propia del párrafo final del fallo aludido, un párrafo que magistralmente pone la cuestión en perspectiva:

No existe unión más profunda que el matrimonio dado que encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, devoción, sacrificio y familia. Al formar una unión marital, dos personas se convierten en algo más grande que lo que fueron antes. Como algunos de los peticionantes en estos casos demuestran, el matrimonio encarna un amor que puede perdurar incluso después de la muerte. Sería una incomprensión respecto de estos hombres y mujeres sostener que no guardan respeto por la idea del matrimonio. Su invocación es que sí la respetan, la respetan tan profundamente que buscan esta plenitud para ellos mismos. Su esperanza es la de no ser condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las instituciones más antiguas de la civilización. Piden igual dignidad ante los ojos de la ley. La Constitución les concede ese derecho.

El juicio de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito es revocado. Así se ordena”.

Por Gustavo Rodríguez García

29 – Jun – 2015

Gustavo Rodríguez García
29 de junio del 2015

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