Juan Carlos Valdivia

El juicio de residencia

El juicio de residencia
Juan Carlos Valdivia
20 de abril del 2015

Las investigaciones del Congreso a ex presidentes y la necesidad de regularlas.

Los resultados de la llamada Megacomisión, casi al llegar a los cuatro años en que Alan García dejó la Presidencia de la República, muestran un trabajo pobre, lleno de presunciones que requieren ser probadas, sin acusaciones concretas luego de tanto tiempo transcurrido. Quizás el mayor logro de este grupo de trabajo sea el haber descubierto el caso de los narco-indultos, que no había sido conocido por la opinión pública.

Pero el mayor problema con que se ha enfrentado el congresista Sergio Tejada es la falta de regulación de una investigación que tuvo por objeto examinar el gobierno de Alan García. Dicha comisión ha funcionado al viejo estilo de los juicios de residencia de la Colonia, que sobrevivieron en los primeros años nuestra vida republicana.

El propósito de los juicios de residencia era determinar si los funcionarios de la Colonia habían cumplido sus obligaciones sin cometer abusos, ni aprovecharse de su cargo. En “Historia de la corrupción en el Perú”, Alfonso W. Quiroz cuenta diversos pasajes en que virreyes, corregidores y otros funcionarios fueron denunciados directamente ante el Rey, o en los Juicios de Residencia a los que eran sometidos al terminar sus mandatos.

Aquel juicio tenía un procedimiento que buscaba resolver cualquier duda respecto al funcionario. El rey de España, por Real Cédula, nombraba al funcionario encargado de llevar adelante el proceso, que normalmente era un letrado al que se denominaba juez de residencia. Este funcionario tenía atribuciones amplias: investigaba, recibía pruebas en contra de los funcionarios sometidos a juicio y dictaba sentencia. Usando los mecanismos de la época, daba publicidad al inicio del proceso -avisos pegados en paredes, pregoneros, etc- e invitaba a quien tuviera alguna denuncia o controversia, a que presente su reclamo en los siguientes sesenta días.

Era un proceso que no duraba más de seis meses, y en el que se podía imponer sanciones administrativas o penales.

Eso es lo que ha faltado en el proceso seguido a Alan García, en el que hubo incluso resoluciones judiciales en defensa del debido proceso. Ya el Tribunal Constitucional ha señalado en reiteradas sentencias los procedimientos que debe respetar el Parlamento en sus acciones de fiscalización y en los juicios políticos.

Sería positivo que se regule un Juicio de Residencia para los ex presidentes y otros altos funcionarios. Se requiere un proceso predictible, que proteja las garantías constitucionales, y que respete la investidura de quien ha representado a la nación.

Ya en el lejano 1914, Víctor Andrés Belaunde, en su célebre discurso sobre “La Crisis Presente”, comparaba la rendición de cuentas a la que eran sometidos los virreyes y a las que eran sometidos los presidentes de entonces y decía: “El Presidente de la República es un virrey sin monarca, sin Consejo de Indias, sin oidores y sin juicio de residencia”.

Hoy se han establecido mayores contrapesos al poder del Presidente, pues hemos adoptado algunas instituciones, como la responsabilidad política de los ministros, la censura del Gabinete y la creación de la Contraloría General de la República. Todo ello con el fin de contrapesar el poder del jefe del Estado.

En el caso de nuestros últimos presidentes, tanto Alberto Fujimori, como Alejandro Toledo y Alan García han sido sometidos, terminado su mandato, a investigaciones de carácter político sobre su gestión. Lo correcto sería establecer un procedimiento que, como ya hemos dicho, proteja las garantías esenciales.

Por Juan Carlos Valdivia
20 - Abr - 2015  

Juan Carlos Valdivia
20 de abril del 2015

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