Gustavo Rodríguez García

Derecho a hacer vida en común

Derecho a hacer vida en común
Gustavo Rodríguez García
02 de marzo del 2015

El estado no puede decirnos con quien vivir, con quien soñar ni a quién amar.

A diferencia de otros países, en el Perú no se ha aprobado ley alguna que viabilice la denominada “unión civil” para parejas del mismo sexo. El debate en nuestro país, como era previsible, no ha estado exento de polémicas en las que, como también era previsible, argumentos basados en la religión no se han hecho esperar. Todas las confesiones merecen respeto pero existe un aspecto que parece ser dejado de lado a menudo en el debate: nuestra Constitución es clara y señala que todos somos iguales ante la ley. 

En alguna otra oportunidad me pronuncié sobre un tema diferente y que tenía que ver con el matrimonio entre personas del mismo sexo. En aquella oportunidad sostuve que el problema fundamental de esa discusión no residía en el componente “mismo sexo” sino en el término “matrimonio”. En efecto, argumenté que el problema de fondo es que en nuestro país el status “matrimonial” es conferido por el Estado y que es el propio Estado el que, mediante sus leyes, hace distingos que no puede hacer. Los privados, sin embargo, sí deberíamos estar en aptitud de hacer distinciones y, sobre la base de ello, consideré que el problema de fondo era que el matrimonio no está “privatizado”. Bajo un esquema de “privatización matrimonial”, cada proveedor del servicio matrimonial exigiría el acatamiento a las reglas privadas correspondientes. De esta forma, si una pareja quiere contraer matrimonio católico, sabría que ese matrimonio está reservado única y exclusivamente para personas de sexos distintos.  

La Iglesia Católica tiene todo el derecho de establecer sus exigencias. Lo que resulta cuestionable es que desde el Estado se establezcan distinciones para acceder a un status “oficial”. Es por eso que creo firmemente que los matrimonios debieran ser administrados exclusivamente por privados y que desde el Estado solo debiera administrarse el estado civil denominado “unión civil” y que debería estar a disposición de parejas compuestas por personas de sexos distintos o sexos iguales. Bajo esta tesis, ni siquiera una pareja heterosexual podría contraer “matrimonio” civil sino, únicamente, “unirse civilmente” de la misma forma que una pareja homosexual. El matrimonio sería un paso voluntario que cada pareja tomaría sujetándose a las reglas que cada administrador privado establezca, por ejemplo, la Iglesia Católica. 

Las probabilidades de que este planteamiento vea la luz del día son, sin embargo, tan remotas como la probabilidad de que el Perú clasifique al próximo mundial de fútbol (es decir, en los hechos es prácticamente imposible). Lo que no es improbable es que el Congreso de la República tenga que ocuparse pronto de los proyectos sobre unión civil que están a la espera de una deliberación y votación en el Pleno. Más allá de la discusión sobre la creación de un nuevo estado civil, la regla imperante debe ser que el Estado no puede ejercer discriminación contra los privados. 

Estar enamorado, como sentimiento, y amar, como decisión racional, no dependen del sexo. Del mismo modo como muchos individuos tenemos absolutamente claro que, en sentimiento y en decisión, queremos estar con personas del sexo opuesto, existen muchos peruanos que, en sentimiento y en decisión, quieren hacer vida en común con personas del mismo sexo. Podremos no comprender cómo afloraron tales sentimientos y cómo se forjaron tales decisiones, pero ciertamente no debemos condenarlos a un ejercicio incompleto de su derecho a hacer vida en pareja. 

En el calor del debate, algunos apelan a las encuestas que, aunque poco a poco evidencian una tendencia más “permisiva”, todavía revelan una fuerte resistencia a la unión civil para personas del mismo sexo. Quiero preguntarle al lector si estaría dispuesto a que hagamos una encuesta para que el pueblo opine si se encuentra a favor o en contra de que usted salga con determinada persona. En ese sentido, aunque las encuestas revelen la opinión mayoritaria, lo cierto es que tal opinión no anula ni puede anular el deber impuesto al Estado de dar a todos los individuos un tratamiento igualitario frente a la ley. El gusto o disgusto de una persona (o muchas) no pueden definir la política pública. 

Del mismo modo en que no creo que un sujeto iluminado deba dictar qué TV es buena o mala, tampoco creo que un sujeto (o muchos) deban dictarnos a quién amar, a quien besar, con quién compartir una cena, con quién compartir ilusiones y proyectos… en general, con quién vivir. No creo que sea válido y ciertamente no creo que sea legal que el Estado deba dictar con quién podemos o no pasar el resto de nuestros días. Un buen día, cuando se encuentre muy enfermo, quizás tenga una persona a su lado, dándole la mano y acompañándolo en el inicio de lo que puede ser un viaje a otra vida (si es que cree en ella). No creo que el Estado tenga derecho para determinar quién será ese alguien con quien se compartirán penas y sueños. 

Para un mayoritario grupo de peruanos, en nuestro presente o en nuestro futuro encontramos o encontraremos a una persona del sexo opuesto. Para otros, sin embargo, el sueño de esa vida compartida plena será uno con consecuencias legales distintas: la posibilidad de tener beneficios pensionarios o hereditarios que las parejas heterosexuales podremos gozar… les serán negadas a estos “otros” sin mayor fundamento. 

No creo que nadie tenga el derecho a criticar a la Iglesia Católica de anticuada o retrógrada… son sus reglas y uno las acepta si desea o no. No creo, en ese sentido, que la Iglesia tenga un deber de “modernizarse” como algunos sostienen. Sin embargo, uno elige su confesión… pero no elige, como regla general, las leyes a las que uno se sujeta. El Estado no puede decirnos con quien vivir, con quien soñar y, sin duda, no puede decirnos a quién amar. 

Por Gustavo Rodríguez García
02 - Mar - 2015  

Gustavo Rodríguez García
02 de marzo del 2015

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