Jorge Morelli

Combate de saurios

El Tribunal Constitucional contra el Congreso

Combate de saurios
Jorge Morelli
08 de noviembre del 2017

Dieciocho años atrás el Congreso de la República destituyó a varios magistrados del Tribunal Constitucional que habían declarado inaplicable a Alberto Fujimori la entonces llamada ley de “interpretación auténtica”, que permitía al presidente postular en las elecciones del 2000.

El Congreso interpretaba que la del 2000 no era la segunda reelección de Fujimori —que la Constitución no permitía—, sino solo la primera, puesto que la vigencia de la Constitución misma —de 1993, posterior a la primera elección de Fujimori en 1990—, solo podía referirse a las elecciones de 1995 y las de 2000. (Con ese mismo argumento, dicho sea de paso, varios presidentes latinoamericanos de izquierda se han reelegido incesantemente hasta hoy).

En 1999 el Tribunal Constitucional no pudo declarar inconstitucional la “interpretación auténtica” del Congreso. No obtuvo los votos necesarios para hacerlo, en uso de sus facultades de control concentrado. Para impedir la postulación de Fujimori, sin embargo, el Tribunal hizo uso de las facultades de control difuso que la Constitución confiere a cualquier organismo jurisdiccional. Declaró entonces inaplicable a la persona de Fujimori la ley cuya inconstitucionalidad no había podido declarar.

La decisión era legal, pero su legitimidad fue cuestionada. El Congreso entendió que la decisión del Tribunal escapaba del ámbito judicial para entrar de lleno en el de la política. Y acusó constitucionalmente a los magistrados que habían procedido en ese sentido. Fueron destituidos. Y repuestos años después, luego de la caída del gobierno fujimorista.

El control difuso proviene de la tradición judicial norteamericana, de la famosa decisión de la Corte Suprema en el caso Marbury versus Madison, de comienzos del siglo XIX, que creó el judicial review, un salto enorme para el equilibrio de poderes de la democracia. La facultad del control concentrado proviene —igual que el Tribunal Constitucional mismo— de la prolífica imaginación de Hans Kelsen, quien los plasmó en la Constitución de Weimar, en la Alemania de 1919. La misma Constitución que rigió sobre el gobierno alemán de la entreguerra y que, sin equilibrio de poderes, desembocó en el nazismo.

Como en tantas otras cosas, nuestras constituciones —incluso la de 1993— han recogido las dos tradiciones. Tenemos control concentrado en manos del Tribunal Constitucional y control difuso en manos de cualquier autoridad jurisdiccional, sin excepción.

Es una bomba de tiempo. Tarde o temprano cualquier autoridad jurisdiccional del Poder Judicial va a declarar inaplicable a algún ciudadano, por ejemplo, la ley orgánica del Tribunal Constitucional que le confiere la condición de supremo intérprete constitucional, cosa que la Constitución no dice en ninguna parte.

Es el precio de importar desordenadamente las instituciones jurídicas. Esta guerra no ha terminado. Tarde o temprano el Tribunal entablará otra batalla a muerte con el Congreso. Y este es el dinosaurio más grande.

 

Jorge Morelli

@jorgemorelli1

jorgemorelli.blogspot.com

Jorge Morelli
08 de noviembre del 2017

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