Raúl Mendoza Cánepa

Candidaturas y plagio

Candidaturas y plagio
Raúl Mendoza Cánepa
09 de febrero del 2016

El caso Acuña bajo la lupa

Acuña es la sustancia de la política tradicional, una representación de lo que hemos sido desde el siglo XIX: una república clientelista, patrimonialista, sultanista, dada a la viveza, a la sacada de vuelta.  De hecho, “Acuña  gobernante” sumaría más pesos a esos lastres históricos que nos anclan, que convierten el éxito en “pendejada” y el trabajo en atajo.

Sin embargo, una opinión política no debe afectar el análisis jurídico. Es, de por sí, una desgracia que la vacancia moral de los candidatos no esté contemplada en las normas electorales, pues, en estricto, solo se sancionan los vicios formales, esos mismos vicios que pueden sacar de carrera a Julio Guzmán. Para muchos, es Acuña quien debería quedar fuera de la lid y no Guzmán. Plagió, pero no solo plagió. Acuña es temible por lo que representa. Guzmán no.

Pero por más que merezca quedar out y que haya plagiado su tesis española y que carezca de consecuencia moral, no mintió cuando en su Hoja de Vida se registró como doctor (por la Complutense). Una periodista sostiene que “Acuña mintió en la hoja porque plagió”. Bueno, la pregunta no se dirigía a definir si el candidato plagió o no su tesis sino a determinar la existencia formal de títulos, y cuando Acuña declaró, era formalmente (y en registro) un doctor. La verdad es una coincidencia formal entre lo que se dice y lo que se es. Técnicamente esa concordancia existía. No mintió en la Hoja, sí plagió en su tesis.

¿El plagio de la tesis presentada en la Complutense es un delito? Para tal efecto rige la legislación española. En cuanto a los plagios de tesis perpetrados en el Perú  no hay delito, en tanto el artículo 219 del Código Penal se refiere a obras de difusión y la tesis es una elaboración que cumple con un requisito académico, su objeto no es la circulación. Delito podría ser, (si lo determina un juez) el plagio que Acuña replica como una coautoría a contrapelo de lo que señala su original autor. Otoniel Alvarado afirma que Acuña no plagió su libro, sino que se lo apropió. En términos reales sí, pero en la ley, esta “apropiación” es un plagio total y desvergonzado, con prólogo incluido.

Justo hubiera sido que Acuña saltara del tablero electoral por renuncia ética o expulsión, pero un vacío legal permite que candidaturas de este cariz sigan su curso mientras otras se caen por temas menores: un vicio formal, un descuido, una minucia, una convocatoria desprolija ¿Son, acaso, los aspectos formales de la democracia interna que Guzmán descuidó más importantes que los graves despropósitos y pecados de Acuña?  

PS. Respecto a Guzmán, vale decir (como dije) que odio las reglas electorales y los estatutos partidarios, pero si el JNE valida su no cumplimiento para uno, se validará como precedente su no cumplimiento para todos, por lo que devendrán en reglas flexibles, relativamente aplicables. Otro tema sobre Guzmán y su lío en el JNE: uno no puede apelar al ejercicio del derecho constitucional de participación política por acto, defecto u omisión propia sino de terceros.

Por Raúl Mendoza Cánepa

 
Raúl Mendoza Cánepa
09 de febrero del 2016

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